¿Qué son las Costas?

Las costas son los gastos que ocasiona un procedimiento a las partes que intervienen en el mismo.

En concreto, y como señala el art. 241 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:

  • los honorarios de abogado y procurador
  • anuncios o edictos necesarios
  • depósitos para la presentación de recursos
  • honorarios de peritos e indemnizaciones a testigos
  • copias, certificaciones, notas, testimonios que se soliciten a Registros Públicos
  • tasas judiciales
  • derechos arancelarios (por ejemplo, de notarios).

Normalmente, y salvo que se disfrute del beneficio de justicia gratuíta, cada parte va abonando los gastos y costes del proceso que le afecten a medida que se vayan produciendo.

Pero puede ser que al final del procedimiento, el Juez imponga el pago de las costas a uno de los litigantes.

En el proceso civil rige el criterio del «vencimiento». Así:

  • En la primera instancia, es de aplicación el art. 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según el cual, en los procesos declarativos, las costas se imponen a la parte que haya visto rechazadas TODAS sus pretensiones, salvo que el tribunal aprecie que el caso presentaba serias dudas de hecho o de derecho.
    Si hay estimación o desestimación PARCIAL de las pretensiones, cada parte abonará las costas causadas a su instancia, y las comunes se pagarán por mitad, salvo que hubiera méritos para imponerlas a una de ellas por haber litigado con temeridad.
  • En los recursos de apelación, extraordinario por infracción procesal y casación se aplica el art. 397 de la misma Ley, de tal forma que cuando se desestimen TODAS las pretensiones del recurrente, se le impondrán las costas.
    Si hay estimación total o parcial del recurso, no se condenará en las costas a ninguno de los litigantes.
  • En los procesos de ejecución, según el art. 539-2 de dicha Ley, como norma general, las costas recaerán sobre la parte ejecutada sin necesidad de especial imposición.

Dicho esto, es de señalar que en los procesos de divorcio, separación, nulidad y medidas provisionales, no suele haber imposición de costas debido a las especiales características de dichos procedimientos, pero sí suele haberla en los de modificación de medidas, o liquidación de gananciales.

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